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A un clic del abuso: crece la violencia digital contra las mujeres

El uso de la tecnología permite la comunicación a través de un clic con familiares, conocidos, acceso a información y otros beneficios de navegar en internet.  Este clic también facilita la vulneración de derechos a través de un dispositivo electrónico.

Conocida como violencia digital o en línea, la violencia contra las mujeres y niñas facilitada por la tecnología ha registrado un rápido aumento en los últimos años, según sugiere la Organización de las Naciones Unidas para las Mujeres (ONU Mujeres).

La organización alerta que una de cada tres mujeres sufre violencia a lo largo de su vida y entre el 16 y 58% se enfrentan a la violencia digital, a nivel mundial.

Este tipo de violencia representado en ciberacoso, asecho, acoso sexual, discurso de odio, información errónea y fabricación de contenido, va más allá de quedarse en un celular o tableta, ya que ONU Mujeres alerta que muchas veces esta violencia puede tener daños físicos, sexuales, psicológicos, políticos, económicos u otras violaciones de derechos.

Hay grupos que corren mayor peligro de ser víctimas de este tipo de violencia, entre estas las mujeres jóvenes y las niñas, dada su posibilidad de utilizar la tecnología para acceder a información, aprender y conectarse con pares.

DESDE LO MÍNIMO

Conforme a ONU Mujeres, la violencia contra las mujeres y niñas facilitada por la tecnología inicia en lo mínimo, desde recibir mensajes inapropiados, amenazas para compartir imágenes que hacen sentir incómoda o compartir la contraseña de dispositivos electrónicos.

Así como recibir mensajes inapropiados de personas desconocidas que hacen sentir incomoda o asustada.

Este tipo de acciones aunadas a comentarios directos, acosadores y abusivos, imágenes falsas, suplantación de identidad, exclusión, campañas de difamación y comportamiento controlador forman parte de una serie de alertas que deben activar las alarmas en el reconocimiento de la violencia y denunciar.

HERRAMIENTAS

El Ministerio de la Mujer sugiere una guía de herramientas contra la violencia en espacios digitales, entre estos proteger la privacidad en redes sociales, no compartiendo información sensible, como dirección, números telefónicos y de identificación personal.

De ser necesario, se recomienda mantener las cuentas privadas, para mayor control de quien tiene acceso a informaciones personales.

Evitar interacciones con personas desconocidas. El Ministerio de la Mujer señala a los adolescentes y niñas compartir con un adulto de confianza en caso de experimentar situaciones de vulneración de derechos.

Se recomienda reportar a través de las distintas redes sociales el perfil o mensajes de personas que hagan sentir a mujeres y niñas inseguras.

Tomarse un tiempo de las redes sociales, si es necesario, preservando el bienestar emocional y la integridad física, sin dejarse presionar por lo que sugieren personas en línea. Así como recurrir ante voces expertas, como psicólogos, para lidiar con comentarios dañinos.

Antes de eliminar cualquier evidencia de hostigamiento, acoso o amenaza en redes sociales, se recomienda tomar capturas de pantallas y guardar mensajes y correos electrónicos, que muestren la hora y fecha, en caso de que necesite denunciar.

Adicional a esto, a nivel local como servicio digital, el Ministerio de la Mujer cuenta con SARA, un sistema de atención y respuesta automatizada, diseñada a través de inteligencia artificial que funciona para identificar, prevenir y responder ante violencia de género e intrafamiliar.

La línea de emergencia *212, es otro servicio de atención telefónica confidencial, disponible 24 horas que ofrece orientación y rescate en cualquier situación de emergencia vinculada a las mujeres. A esta línea puede llamar la víctima, así como personas que quieran reportar el caso de violencia.

¿QUÉ DICE LA LEY?

Algunas de las violaciones a las que se exponen las mujeres y otros usuarios están contempladas en la legislación dominicana y son penalizadas a través de la ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

En el caso de la difamación, el artículo 21 lo sanciona con la pena de hasta tres meses de prisión y una multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo, esta misma pena es aplicable a la injuria pública, según precisa el artículo 22.

De enero a abril de este año se presentaron 69 querellas por difamación a través de medios digitales, siendo uno de los ciberdelitos más judicializados y perseguidos del país.

Los atentados sexuales en contra de un niño, niña, adolescente, incapacitado o enajenado mental, mediante la utilización de un sistema de información o cualquiera de sus componentes, se sancionará con penas desde tres a 10 años de prisión y multa de cinco a doscientos salarios mínimos.

El artículo 24 sanciona la pornografía infantil, considerada como producción, difusión, venta y cualquier comercialización de imágenes y representaciones de niños, niñas y adolescentes de carácter pornográfico.

Este delito es penalizado con penas de dos a cuatro años de prisión y multa de diez a quinientas veces el salario mínimo, mientras que adquirir y poseer este tipo de material se sanciona con pena de tres meses a un año de prisión y multa de doscientas veces el salario mínimo.

En tanto que el Código Penal en el numeral 1 del artículo 309 considera violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada, en razón de género que cause daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico a la mujer, mediante el empleo de fuerza física, violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución.

Tanto esta como la violencia intrafamiliar serán castigadas con la pena de uno a cinco años de prisión y una multa de quinientos a cinco mil pesos y restitución de bienes destruidos, dañados y ocultados, si es el caso.

Fuente: Listín Diario

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